En un reciente concepto del Procurador General de la
Nación, se le solicita a la Corte Constitucional abstenerse de fallar de fondo
sobre una demanda que pide que se declare inconstitucional un artículo del
Código Civil (de 1887) que pone dentro de la misma categoría jurídica a los
animales y a las cosas. Esta categoría jurídica se llama bienes muebles.
El Procurador consideró que es una equivocación
inferir que los animales silvestres y domésticos son titulares de derechos y
que deba promoverse su igualdad y su dignidad. Entre otras razones, porque la
condición humana es la fuente principal y directa de derechos propios, a través
de la figura de la personalidad jurídica y que, si bien los animales son objeto
de protección jurídica, lo son por la exclusiva razón que contribuyen al “buen
desarrollo humano”.
Además del evidente pensamiento antropocéntrico del
Procurador, me parece relevante la discusión sobre la génesis de los derechos.
El análisis de relación entre derecho y moral es sustancial a la ciencia
jurídica, como también a la filosofía.
Si producto de la interacción cultural de los
hombres nace un tipo de moral, aceptamos que somos relativistas morales. El
derecho sería así una construcción colectiva y cultural que parte de las
concepciones morales construidas por una cultura en un tiempo determinado.
El pensamiento científico ha involucrado grandes
cambios en la construcción cultural de nuestras instituciones y de nuestra
moralidad. El saber que el origen del universo y de la vida se dio a partir de
cientos de miles de millones reacciones de las uniones azarosas de átomos y de
moléculas, nos hace plantear la seria probabilidad de que no seamos producto de
la voluntad de otro ser que tenga nuestra imagen y semejanza.
Sabemos ahora que el ser humano comparte con los
demás seres vivos una cadena de información genética muy similar. Unas
diminutas variaciones en esa cadena hacen que no seamos un árbol, por ejemplo, sino
un hombre o una mujer que buscan un lugar en el mundo y consideren cosas como
buenas o malas; correctas o incorrectas.
Los derechos desde un punto de vista sociológico
parecerían ser una consecución permanente, a través de la contradicción de
intereses. Los derechos laborales, los derechos nacidos de la democracia, como
fuente del Estado, la libertad, la igualdad… Pero creo yo que los derechos no nacen
de una concesión que hagan unos hombres respecto de otros, o de un Estado
respecto de sus miembros.
Los derechos son un reconocimiento de nuestro permanente
descubrimiento del mundo. Alguna vez descubrimos que no existe evidencia alguna
sobre la superioridad moral o física del hombre frente a la mujer, pese a que
muchos textos sugerían tal cosa. Descubrimos, asimismo, que, contrario a lo que
se afirmaba como dogma, los seres humanos somos iguales y que no existiría una
justificación válida para la esclavitud, ni para la expoliación.
Popayán, de mayo de 2016
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